La Figura Legal del Fideicomiso Print
Written by Carlos Mena   
Monday, 05 September 2011 21:07

La principal diferencia entre el sistema de derecho continental europeo y el sistema anglosajón radica en la distinta jerarquía existente entre las diversas "fuentes" de esos derechos. el derecho continental, como es el caso de la R.D.,, la principal fuente del mismo es la ley. En el sistema continental, las sentencias emitidas anteriormente por otros jueces no tienen carácter "vinculante" para el resto de los magistrados.

El Derecho anglosajón es un sistema "jurisprudencial", en tanto la principal fuente del mismo son las sentencias judiciales , las cuales si tienen un carácter "vinculante", es decir, son obligatorias para todos los jueces, quienes no pueden apartarse de las decisiones tomadas previamente por otros magistrados. Esto dió lugar a que las costumbres y las tradiciones pudieran hacerse valer en justicia.

Se daban así las condiciones para que la sola confianza, en Inglés trust, fuera objeto de derechos. Esa misma figura pasó al derecho continental con el nombre de fideicomiso. Hoy en día, los fideicomisos desempeñan un papel significativo en todos los sistemas de derecho continental, y su éxito ha resultado en la incorporación por algunas jurisdicciones de derecho civil en sus códigos civiles, como en Francia desde 2007.

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Se puede afirmar que el fideicomiso tiene su origen en el Derecho Romano, puesto que le dio la normatividad y la legalidad correspondiente, y sobre todo que vino a solucionar varios de los problemas jurídicos que se presentaban en esa época. Desde ese momento, aparece un aspecto que es sumamente importante en el caso de los fideicomisos que es la confianza, ya que la persona que adquiría los derechos de administrador por esta vía, podía usar los bienes para su propio provecho e incluso enajenarlos. El pactum fiduciae cum amico, lo que perseguía era que una persona entregara a otra de su entera confianza, los bienes de su propiedad para que los administrara según las instrucciones recibidas. En el derecho romano existían dos figuras jurídicas respecto al fideicomiso.

El Pactum Fiduciae viene a ser el acuerdo entre dos personas donde una de ellas, basada en la confianza, le entregaba a la otra un bien para que lo destinara a determinada finalidad. Según las finalidades que cumplía podía ser de dos formas: El fiduciae cun creditote que buscaba satisfacer una deuda en caso de incumplimiento de la obligación, (antecedente de la fiducia en garantía). Y el fiducia cuna mico que consistía en la defensa y administración de los bienes mientras sus propietario iba a la guerra o se ausentaba por largo tiempo.

La fiducia en latín significa confianza. No fue por azar ni por coincidencia que los romanos denominaron este contrato con la misma palabra que en su idioma significaba confianza, sino que escogieron tal palabra cuidadosamente pues era indudablemente la que mejor expresaba la naturaleza y el carácter intimo de esta forma jurídica. la ley establece que los bienes transferidos constituyen un patrimonio separado y autónomo tanto del dueño original como del administrador. La consecuencia práctica de esta autonomía es una suerte de "blindaje" por el cual el fideicomiso queda a salvo de los reclamos que cualquier acreedor pueda tener contra el propietario de origen o el administrador por otros negocios. El fideicomiso tiene un problema;reposa sólo en la confianza.

El riesgo era que el administrador se podía quedar con los bienes o, peor aun, que los acreedores de ese administrador ejecutaran los bienes transferidos para cobrar sus créditos. para eliminar el riesgo es que nace el fideicomiso que incorpora un elemento distinto que se llama patrimonio de afectación, destinado a un fin específico y a salvo de los reclamos de terceros. A partir de ese esquema básico los bancos, empresas e incluso instituciones del estado, pueden poner en funcionamiento figuras más sofisticadas y complejas.

Un empresario constituye un fideicomiso aportando una serie de bienes que son transferidos al encargado de administrarlo que deberá ser en este caso una institución bancaria o financiera. Con la garantía de esos bienes, el banco emitirá documentos —certificados de participación— que podrán ser adquiridos por inversores particulares o institucionales. Los títulos y sus intereses o rendimientos se cobrarán con el resultado del emprendimiento empresarial. La captación de dinero podrá realizarse colocando esos títulos a través del Mercado de Valores. los especialistas coinciden en que el fideicomiso está lejos de constituir una palabra mágica que solucione todos los problemas de crédito y garantice la confianza debida. Ninguna fórmula jurídica trae por sí sola soluciones a los problemas económicos, pero sí puede contribuir a resolverlos. No hay que tener un excesivo optimismo porque puede provocar desilusiones, ni tampoco desdeñar una figura que ha sido exitosa en Estados Unidos y América Latina

Last Updated on Thursday, 06 October 2011 15:25