El Derecho de Propiedad en la República Dominicana Print
Written by Carlos Mena   
Monday, 05 September 2011 14:58

Durante el gobierno del Presidente Ramón Cáceres, ocurrió el primer intento serio del legislador para organizar de manera definitiva y realizar el procedimiento de división de los terrenos. con la Ley de División de Tierras Comuneras del 21 de abril del 1911. Luego vino la Orden Ejecutiva 511 del 21 de julio del 1920 durante la ocupación militar norteamericana, que introduce el Sistema Torrens de registro de propiedad inmobiliaria.

Ese sólo hecho representó un acontecimiento legal de trascendental importancia, que necesariamente tenía que marcar un período en la historia de la propiedad inmobiliaria en la República Dominicana. La necesidad del fallo absoluto queda manifestado por el carácter de absoluto que le da el Sistema Torrens, que le da la Ley, al certificado de título: y este carácter absoluto del certificado de título responde a la naturaleza misma del derecho de propiedad, que es absoluto.

La prueba absoluta del derecho de propiedad se resume principalmente en el litigio de saneamiento, en el que se obliga a todo el mundo no solamente a las partes envuelta, la lucha deja de ser relativa entre dos parte y se convierte en general, absoluta, todos los interesados o reclamantes tendrán que comparecer ante el Juez y mostrar sus pruebas.

Luego sigue la Ley Sobre Registro de Tierras No. 1542, de fecha 11 de octubre de 1947, que estableció el régimen legal de la tenencia de la tierra.En el 1997, una de las grandes preocupaciones era la inseguridad jurídica que se derivaba de las operaciones inmobiliarias y de las tenencias de la tierra. La mayoría de los certificados de títulos a nivel nacional se encontraba en condiciones deplorables, lo que se agrava con el crecimiento desordenado de la ciudad de Santo Domingo, contribuyó a complicar la situación de la titulación. Muchas fincas en la ciudad se convirtieron en urbanizaciones. Se vendían por pedazos, lo que ocasionaba que había tierra de más o de menos, casi siempre de menos, pero nunca se tuvo la precaución de que antes de venderse un pedazo se deslindara, y de ahí vino el problema de las constancias anotadas.

Last Updated on Monday, 05 September 2011 15:09